Disposición adicional primera. Modificación de las tasas.
Disposición adicional primera del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. · BOE-A-1998-23233
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-17.
Texto consolidado
Las Leyes de Presupuestos de cada año podrán modificar las tarifas y demás elementos de cuantificación aplicables a cada tasa.
Anteriormente numerada como "adicional".
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