Disposición adicional primera. Términos genéricos
Disposición adicional primera del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. · BOA-d-2011-90007
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-23.
Texto consolidado
Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el presente Código se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.
Más artículos de Decreto Legislativo 1/2011
- ← Artículo 599. Normas supletorias.
- → Disposición adicional segunda. Especialidades procesales en los casos de nulidad, separación o divorcio con hijos a c…
- Ver la norma completa: Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas.