Disposición adicional.
Disposición adicional de la Orden 3 de junio de 1986 por la que se desarrolla el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales. · BOE-A-1986-18773
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-08-04.
Texto consolidado
La Dirección General de Administración Local comunicará al Instituto Geográfico Nacional, Registro Central de Cartografía, la inscripción de las Entidades Locales territoriales de nueva creación, así como la de las de ámbito territorial inferior al municipio, las modificaciones de las inscripciones por cambios de denominación, capitalidad, extensión superficial y límites del territorio y la cancelación de las inscripciones referidas a las expresadas Entidades Locales.