Disposición adicional octogésima séptima. Reducción de cotizaciones en las personas que prestan servicios en el hogar familiar.
Disposición adicional octogésima séptima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. · BOE-A-2015-11644
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Se prorrogan durante el ejercicio 2016 los beneficios en la cotización a la Seguridad Social reconocidos en la Disposición transitoria única de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
Más artículos de Ley 48/2015
- ← Disposición adicional octogésima sexta. Reducción en la cotización a la Seguridad Social en los supuestos de cambio d…
- → Disposición adicional octogésima octava. Aplazamiento de la aplicación de la Disposición adicional vigésima octava de…
- Ver la norma completa: Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.