Disposición adicional octava. Gasto público.
Disposición adicional octava del Real Decreto 709/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria. · BOE-A-2002-15091
Atención: Real Decreto 709/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las previsiones contenidas en el presente Real Decreto y en el Estatuto que mediante el mismo se aprueba no deben suponer en su desarrollo incremento del gasto público.