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Real Decreto Derogada

Disposición adicional octava. Adopción de medidas para la aplicación total de los fondos provenientes de la cuota de formación profesional.

Disposición adicional octava del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo. · BOE-A-2007-7573

Atención: Real Decreto 395/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno articulará las fórmulas y las medidas que sean necesarias para que los fondos con destino a la formación para el empleo provenientes de la cuota de formación profesional sean aplicados en su totalidad a la financiación de las iniciativas de formación recogidas en este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-12.

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