Disposición adicional octava. Oficina de asistencia en materia de registros del extinto Ministerio de Justicia.
Disposición adicional octava del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal. · BOE-A-2024-3790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-28.
Texto consolidado
La oficina de asistencia en materia de registros del suprimido Ministerio de Justicia continuará funcionando bajo la dirección de la Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios, y en coordinación con la Oficialía Mayor, como responsable de las oficinas de asistencia en materia de registros del Departamento.
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