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Real Decreto Vigente

Disposición adicional octava. Delegación de competencias.

Disposición adicional octava del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2012-1034

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-24.

Texto consolidado

Las delegaciones de atribuciones otorgadas por los distintos órganos del extinto Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y no revocadas hasta la fecha de entrada en vigor de este real decreto, continuarán siendo válidas y podrán hacer uso de ellas los órganos competentes por razón de la materia que vengan a sustituir a los delegados, hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas a los diferentes órganos resultantes de la aplicación de este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-01-24.

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