Disposición adicional octava. Régimen extraordinario de mejora de instalaciones deportivas públicas municipales.
Disposición adicional octava de la Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears. · BOE-A-2025-720
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-14.
Texto consolidado
1. Las obras de mejora de instalaciones deportivas públicas municipales legalmente existentes que tengan por objeto implantar o adaptar sus servicios complementarios o auxiliares, y que se lleven a cabo en el plazo de cinco años desde el 29 de mayo de 2024, quedan excepcionalmente excluidas de los parámetros de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística que, estrictamente, impidan su ejecución, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente.
2. Para la mejora de las citadas instalaciones deportivas se podrán llevar a cabo obras, ampliaciones, reformas, demoliciones y reconstrucciones parciales o totales, siempre que:
a) El incremento de la superficie edificada y de la ocupación no exceda de un 20 % de lo legalmente construido, o actualmente permitido si fuera mayor, ni suponga un menoscabo de los servicios e instalaciones ya implantados, y no podrá proponerse en el espacio de retranqueo fijado en el instrumento de planeamiento municipal.
b) Las actuaciones mencionadas no supongan un aumento de la altura máxima existente, o permitida si ésta es mayor, salvo en lo estrictamente necesario para la instalación de equipamientos de ascensores, escaleras de emergencia, climatización, telecomunicaciones, eficiencia energética y homogeneización de elementos en cubiertas.
3. Esta disposición no será de aplicación una vez agotados los límites de superficie edificada y de ocupación establecidos en la misma.
4. El ayuntamiento deberá incorporar a su planeamiento urbanístico, si procede, las actuaciones llevadas a cabo en aplicación de esta disposición cuando se apruebe la revisión o modificación del mencionado planeamiento.
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- Ver la norma completa: Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears.