El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Disposición adicional octava. Registro Electrónico Autonómico de Convenios.

Disposición adicional octava de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2018-17138

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-05.

Texto consolidado

1. Se crea el Registro Electrónico Autonómico de Convenios dependiente de la Secretaría General de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de Presidencia.

2. La suscripción, extinción, prórroga o adenda de cualquier convenio, incluido o no en el ámbito de aplicación de esta ley, o acuerdo de cooperación celebrado por la Administración de la Comunidad Autónoma deberá ser comunicada al Registro Electrónico Autonómico de Convenios.

3. La regulación y funcionamiento de este Registro será objeto de desarrollo reglamentario en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley.

4. Los órganos responsables de los convenios vigentes disponen del plazo de seis meses, a contar desde la entrada en funcionamiento del presente Registro, para solicitar su inscripción.#a6-9

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-04-05.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 5/2018

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2018 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.