Disposición adicional octava. Servicios prestados en la extinta Fundación Hospital Calahorra.
Disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud. · BOE-A-2002-8489
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
La totalidad de los servicios prestados en la extinta “Fundación Hospital Calahorra” serán computables como servicios previos para el perfeccionamiento de trienios, a los efectos de lo previsto en el Real Decreto 1461/1982, de 25 de junio, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública, y en el Real Decreto 1181/1989, de 29 de septiembre, por el que se dictan normas de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración pública al personal estatutario del Instituto Nacional de la Salud, desde el 25 de febrero de 2022.