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Ley Derogada

Disposición adicional octava.

Disposición adicional octava de la Ley 11/2017, de 28 de diciembre, por la que se aprueba la metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2017-2021. · BOE-A-2017-15714

Atención: Ley 11/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Exclusivamente para los ejercicios 2017-2021 se aplicará por compensación en el Cupo líquido a pagar por el País Vasco en cada ejercicio, el resultado de la liquidación del quinquenio 2007-2011, del quinquenio 2012-2016 y de los restantes acuerdos adoptados en la Comisión Mixta del Concierto Económico de 17 de mayo de 2017, en los términos acordados en ésta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-12-30.

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