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Real Decreto Vigente

Disposición adicional novena. Comunicación de emisiones de halones.

Disposición adicional novena del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados. · BOE-A-2017-1679

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-02-19.

Texto consolidado

Los titulares de sistemas de extinción de incendios que empleen gas halón, así como cualquier otra persona física o jurídica que posea dicho gas, deberán comunicar al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente cada año antes del 1 de abril, la información referente al año anterior que se especifica en el anexo V para permitir la elaboración del informe sobre usos críticos de halones previsto en el artículo 26 del Reglamento (CE) n.º 1005/2009 de 16 de septiembre de 2009, así como de las obligaciones de información establecidas por decisión de la Partes del Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono. La comunicación de dicha información se podrá realizar de manera electrónica de acuerdo a los formatos y procedimiento que se establezcan. Dicha información se integrará en el Sistema Español de Información, Vigilancia y Prevención de la Contaminación Atmosférica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-02-19.

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