Disposición adicional novena. Régimen de consolidación fiscal.
Disposición adicional novena de la Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas. · BOE-A-1994-19853
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
La persona titular del departamento competente en materia tributaria dictará las normas necesarias para la adaptación a las especialidades de las Sociedades Cooperativas de las disposiciones que regulan el régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades, contenidas en el capítulo VII del título VIII de la Ley Foral 26/2016, del Impuesto sobre Sociedades, y en el Decreto Foral 114/2017, de 20 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
Se modifica, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2019, por el art. 7.6 de la Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-752
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-752.