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Ley Foral Vigente 2 redacciones

Disposición adicional novena.

Disposición adicional novena de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra. · BOE-A-1995-16401

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-07.

Texto consolidado

El Gobierno de Navarra contribuirá a la financiación de los Montepíos municipales a través de las partidas que a tal efecto figuren en los Presupuestos Generales de Navarra. Sin perjuicio de esa contribución, la financiación de los Montepíos municipales será complementada a través del Fondo de Participación de las entidades locales en los impuestos de Navarra mediante la fórmula de distribución entre las entidades locales que se determine mediante ley foral.

Asimismo, tanto el Gobierno de Navarra como las entidades locales llevarán a cabo las actuaciones y gestiones necesarias tendentes a conseguir la integración del sistema de Montepíos municipales de Navarra en el Sistema de la Seguridad Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-07.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-2642.

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