Disposición adicional novena. Tramitación electrónica.
Disposición adicional novena de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. · BOE-A-2011-13046
Atención: Ley 22/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La tramitación de los procedimientos administrativos y de las obligaciones de información previstas en esta Ley se deberá llevar a cabo por vía electrónica cuando se haya habilitado a tal efecto por las administraciones públicas.
2. Las administraciones públicas adoptarán las medidas necesarias e incorporaran en sus respectivos ámbitos, las tecnologías precisas para garantizar la interoperatividad de los distintos sistemas, de acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.