Disposición adicional novena. Montes sometidos a enfiteusis.
Disposición adicional novena de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón. · BOE-A-2007-3527
Atención: Ley 15/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los montes cuyo dominio útil o parte de él corresponda a cualquier entidad pública se considerarán públicos, aunque el dominio directo pertenezca a un particular.
2. Si el dominio útil de un monte corresponde a una entidad pública, podrá su dueño ofrecer al de dominio directo el rescate del canon, haciéndose la redención por el precio convenido o mediante equitativo aprecio del valor, capitalizando su importe al cuatro por ciento.