Disposición adicional novena. Programa riojano de accesibilidad universal.
Disposición adicional novena de la Ley 1/2023, de 31 de enero, de accesibilidad universal de La Rioja. · BOE-A-2023-4326
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-02.
Texto consolidado
Como acción de política pública de inclusión, se establece un Programa riojano cuatrienal 2023-2027 de accesibilidad universal de los edificios, dotado con recursos adecuados, que se consignarán anualmente en la ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, dirigido a sufragar obras y actuaciones que permitan proporcionar condiciones de accesibilidad universal al entorno construido constituido por el parque de viviendas en inmuebles de carácter residencial, colegios, edificios histórico-artísticos, que a la entrada en vigor de esta ley no reúnan los parámetros exigidos en esta.