Disposición adicional.
Disposición adicional de la Ley 8/1986, de 26 de junio, de Iniciativa Legislativa Popular. · BOE-A-2012-4379
Atención: Ley 8/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La compensación destinada a cubrir los gastos de la Comisión Promotora no será superior a dos millones de pesetas, en tanto no sea revisada conforme al procedimiento previsto en el artículo 13.2 de la presente Ley.