Disposición adicional.
Disposición adicional de la Ley 27/1991, de 13 de diciembre, de transferencias de competencias de las Diputaciones Provinciales a la Generalidad de Cataluña en materia agraria y forestal. · BOE-A-1992-1793
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-23.
Texto consolidado
El Gobierno de la Generalidad podrá atribuir o delegar a las comarcas competencias que corresponden a la Generalidad en las materias a que se refiere la presente Ley.