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Ley Derogada

Disposición adicional.

Disposición adicional de la Ley 2/1986, de 5 de marzo, del Consejo de la Juventud de la Rioja. · BOE-A-1986-15202

Atención: Ley 2/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Consejo de la Juventud disfrutará de exención de las tasas y exacciones parafiscales establecidas o que puedan establecerse en favor de la Comunidad Autónoma, siempre que recaigan expresamente sobre el mismo, sin que sea posible legalmente la traslación de la carga tributaria a otras personas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-06-11.

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