Disposición adicional duodécima.
Disposición adicional duodécima de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del Turismo de las Illes Balears. · BOE-A-2012-10610
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-22.
Texto consolidado
Para la tramitación de cualquier autorización o informe, regulado en la presente ley, que sea necesario para la posterior obtención de una licencia municipal de obras o de actividades, deberá presentarse la documentación preceptiva, redactada por técnico competente.