Disposición adicional duodécima.
Disposición adicional duodécima de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984. · BOE-A-1983-34167
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-01-01.
Texto consolidado
A partir de 1 de enero de 1984 quedarán suprimidas las fracciones de peseta en todas las operaciones reflejadas en los documentos de tráfico mercantil, así como en los documentos liquidatorios y transaccionales. El Gobierno adoptará las medidas reglamentarias necesarias para asegurar la ordenada adaptación de las prácticas contables actuales a la nueva situación.