Disposición adicional duodécima. Acreditación de la condición de asesor en aspectos de la fertilización.
Disposición adicional duodécima de la Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas. · BOE-A-2022-22127
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-02.
Texto consolidado
Tendrá la condición de asesor en aspectos de la fertilización que establece el artículo 27.2.a).5.º, quien acredite ante el órgano competente de la comunidad autónoma estar en posesión de titulación habilitante. Los requisitos para la acreditación se desarrollarán reglamentariamente en las normas sobre nutrición sostenible en los suelos agrarios, de acuerdo con los principios de buena regulación económica (necesidad y proporcionalidad), y basados en los conocimientos y aptitudes necesarios para el ejercicio concreto de la actividad, con el objeto de permitir que todos los profesionales capacitados puedan prestarla.
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