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Ley Vigente

Disposición adicional duodécima. Importe máximo de garantía para obras de interés cultural relevante.

Disposición adicional duodécima de la Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022. · BOE-A-2022-952

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

El importe máximo de garantía que la Generalidad puede otorgar para obras de interés cultural relevante, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 75/2009, de 12 de mayo, es de 600.000.000,00 de euros en cuanto al límite acumulado simultáneo de compromiso anual.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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