Disposición adicional decimotercera. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Disposición adicional decimotercera de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. · BOE-A-2003-23644
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-15.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 442 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Si el testigo fuere sordo, se nombrará un intérprete de lengua de signos adecuado, por cuyo conducto se le harán las preguntas y se recibirán sus contestaciones.
El nombrado prestará juramento a presencia del sordo antes de comenzar a desempeñar el cargo.»
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