Disposición adicional decimotercera. Regulación de los instrumentos telemáticos utilizados por los profesionales que elaboren proyectos e informes incorporados a procedimientos tramitados por las Administraciones.
Disposición adicional decimotercera de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información. · BOE-A-2007-22440
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-30.
Texto consolidado
Las Administraciones Públicas regularán los instrumentos telemáticos necesarios para ser utilizados por los profesionales debidamente colegiados que elaboren y preparen proyectos e informes que deben incorporarse preceptivamente en los procedimientos que tramiten los órganos administrativos.