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Real Decreto Legislativo Derogada

Disposición adicional decimosexta. Cambios en la limitación de velocidad.

DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSEXTA del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. · BOE-A-1990-6396

Atención: Real Decreto Legislativo 339/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El titular de la vía deberá comunicar a las autoridades competentes en materia de gestión del tráfico, con una antelación mínima de un mes, los cambios que realice en las limitaciones de velocidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-24.

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