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Real Decreto Derogada

Disposición adicional decimoséptima. Inscripción en el Registro de Profesionales del Sector Pesquero.

Disposición adicional decimoséptima del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante. · BOE-A-2009-10900

Atención: Real Decreto 973/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para poder ejercer las atribuciones que establece el presente real decreto a bordo de buques pesqueros, será necesario que el titulado se halle inscrito en el Registro de Profesionales del Sector Pesquero del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-02-22.

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