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Real Decreto Legislativo Vigente

Disposición adicional decimosegunda. Disposiciones específicas relativas al Instituto de Crédito Oficial.

Disposición adicional decimosegunda del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores. · BOE-A-2015-11435

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-25.

Texto consolidado

Aquellos organismos públicos que tengan entre sus objetivos principalmente la mejora de la economía nacional e inviertan exclusivamente por cuenta propia no les será aplicable esta Ley en lo que se refiere a las actividades o servicios de inversión, siendo de aplicación a los mismos aquellas disposiciones relativas a las obligaciones derivadas de la regulación de los diferentes mercados que se prevén en la presente norma.#df-9

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-11-25.

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