Disposición adicional decimoquinta. Referencias a los acuíferos sobreexplotados.
Disposición adicional decimoquinta del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. · BOE-A-2001-14276
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-21.
Texto consolidado
Las referencias en el articulado de esta Ley a los acuíferos sobreexplotados se entenderán hechas a las masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 11/2012, de 19 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente..
Más artículos de Real Decreto Legislativo 1/2001
- ← Disposición adicional decimocuarta. Cesión de derechos y transformación de aprovechamientos por disposición legal en …
- → Disposición adicional decimosexta. Concesiones de agua para transición justa.
- Ver la norma completa: Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.