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Ley Foral Derogada

Disposición adicional decimoquinta. Participación de entidades y asociaciones culturales sin ánimo de lucro en actividades culturales, festivas, artísticas y de difusión del folclore organizadas o promovidas por las entidades locales de Navarra.

Disposición adicional decimoquinta de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos. · BOE-A-2006-11956

Atención: Ley Foral 6/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Queda excluida de la aplicación de esta ley foral la participación de entidades y asociaciones de carácter cultural sin ánimo de lucro del respectivo municipio, tales como bandas de música, grupos de danza, charangas y similares, en actividades culturales, festivas, artísticas y de difusión del folclore organizadas o promovidas por las entidades locales de Navarra, cuando aquella participación, que no tendrá naturaleza de contraprestación, se realice al amparo de convenios de colaboración suscritos al efecto, que podrán formalizarse de conformidad con lo dispuesto en la legislación en materia de subvenciones públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-04.

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