Disposición adicional decimoquinta. Adjudicación y renovación de contratos de arrendamiento.
Disposición adicional decimoquinta de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra. · BOE-A-2010-8618
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-13.
Texto consolidado
En la adjudicación y renovación anual de contratos de arrendamiento de viviendas de protección oficial y viviendas adscritas a la Bolsa de Alquiler, se tendrán en cuenta, para acceder a una subvención, los datos derivados de la declaración de la renta del año anterior.
No obstante, cuando se produzca una variación en la situación económica de las personas beneficiarias, que implique una reducción anual de ingresos de al menos el 20 % respecto a los ingresos declarados en la renta del año anterior, en la solicitud de renovación las personas beneficiarias podrán solicitar que se tengan en cuenta los ingresos reales de ese momento.
Numerado el apartado del art. 1 conforme a la corrección de errores publicada en BON núm. 158, de 8 de agosto de 2025. Ref. BOE-A-2025-17081
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-26135.