Disposición adicional decimoprimera. Sobre la aplicación de los registros de personas demandantes de vivienda.
Disposición adicional decimoprimera del Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. · BOE-A-2026-8872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-24.
Texto consolidado
En las licitaciones y convocatorias, así como en las resoluciones de concesión o reconocimiento de ayudas de la línea de financiación de ayudas para el fomento del incremento de la oferta de vivienda social y asequible las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, se requerirá la aplicación de los registros de personas demandantes que existieran en el correspondiente ámbito territorial, u otras fórmulas que garanticen un procedimiento objetivo, transparente y público en la adjudicación de las viviendas.
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