Disposición adicional decimonovena. Seguro de Crédito a la Exportación.
Disposición adicional decimonovena de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004. · BOE-A-2003-23935
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
El límite máximo de cobertura para nueva contratación, excluidas la modalidad de póliza abierta de gestión de exportaciones (PAGEX) y póliza 100, que podrá asegurar y distribuir la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima (CESCE) será, para el ejercicio del año 2004, de 4.547,28 millones de euros.
Más artículos de Ley 61/2003
- ← Disposición adicional decimoctava. Dotación de los fondos de fomento a la inversión española en el exterior.
- → Disposición adicional vigésima. Proyectos concertados de investigación de los programas nacionales científico-tecnoló…
- Ver la norma completa: Ley 61/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004.