Disposición adicional decimocuarta.
Disposición adicional decimocuarta de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca. · BOE-A-2012-3405
Atención: Ley 6/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La aplicación de la presente ley a los funcionarios con habilitación de carácter nacional se entenderá referida a los aspectos dimanantes de su relación orgánica con la corporación respectiva, y sin perjuicio y a reserva de las normas específicas que les fuera de aplicación en los extremos derivados de su relación de servicio con la Administración del Estado.