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Ley Vigente

Disposición adicional decimoctava. Trabajadores transfronterizos de Andorra.

Disposición adicional decimoctava de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo. · BOE-A-2010-14301

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-19.

Texto consolidado

1. El Gobierno impulsará la modificación del convenio de seguridad social entre España y Andorra para mejorar la protección social de los trabajadores transfronterizos contemplando la cobertura por desempleo de los trabajadores que residan en un Estado y trabajen en otro.

2. En tanto se modifica el Convenio, conforme a lo indicado en el párrafo anterior, los españoles que residen en España y trabajen en Andorra, siempre que acrediten periodos suficientes de ocupación cotizada previamente en España y cumplan el resto de los requisitos exigidos, podrán acceder a las prestaciones por desempleo en España al quedar en situación legal de desempleo en Andorra.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-19.

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