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Ley Vigente

Disposición adicional décima. Subvención a las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz.

Disposición adicional décima de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993. · BOE-A-1992-28826

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-01-01.

Texto consolidado

Se faculta al Gobierno para que el importe global de las subvenciones que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, corresponda a los municipios integrantes de cada una de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, constituidas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 50.1 y 2 de la mencionada Ley, pueda ser distribuido para incrementar la subvención a los municipios sedes de las mismas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1993-01-01.

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