Disposición adicional décima. Dotación económica para las medidas de carácter ambiental.
Disposición adicional décima de la Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte público de Cataluña. · BOE-A-2015-9722
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-05.
Texto consolidado
La adopción de las medidas de carácter ambiental en los supuestos y con el alcance y los efectos establecidos por el artículo 17 está sujeta a la aprobación previa por el Parlamento de los tributos de carácter ambiental a que se refiere la presente ley que generen los recursos económicos adicionales requeridos o, alternativamente, la habilitación especial de las dotaciones presupuestarias específicas necesarias.
Más artículos de Ley 21/2015
- ← Disposición adicional novena. Áreas de gestión unitaria del transporte público.
- → Disposición adicional undécima. Mecanismos de colaboración interadministrativa para el intercambio electrónico de los…
- Ver la norma completa: Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte público de Cataluña.