Disposición adicional décima. Medidas de cooperación y asistencia a los gobiernos locales.
Disposición adicional décima de la Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica. · BOE-A-2021-1662
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-20.
Texto consolidado
1. Las administraciones públicas que tienen atribuidas las competencias en materia de cooperación y asistencia a los gobiernos locales pueden adoptar las medidas instrumentales y de fomento necesarias para aplicar la presente ley, entre las cuales el ejercicio de las facultades de intervención, inspección y sanción en materia de actividades económicas.
2. La Administración de la Generalidad debe poner a disposición de los entes locales la solución de tramitación unificada para que pueda iniciarse desde sus portales web de tramitación administrativa.