Disposición adicional décima.
Disposición adicional décima de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad · BOE-A-1986-10499
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-19.
Texto consolidado
El nombramiento como directores técnicos de extranjeros, al que alude el artículo 100.3, sólo se autorizará cuando así lo establezcan los tratados internacionales suscritos por España y los españoles gocen de reciprocidad en el país del que aquéllos sean nacionales.