Disposición adicional décima. Régimen singular de Formentera.
Disposición adicional décima de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears. · BOE-A-2019-2862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-03.
Texto consolidado
Dadas las singularidades territoriales y administrativas de la isla de Formentera, el Gobierno de las Illes Balears prestará al Consejo Insular de Formentera:
a) Apoyo técnico, administrativo y de gestión, adicionales, para garantizar la prestación integral de los servicios municipales en la totalidad del territorio de Formentera.
b) Asistencia y cooperación jurídica.
c) Colaboración activa en el fomento del desarrollo económico y social de Formentera.