Disposición adicional décima. Proyectos estratégicos de cero emisiones netas.
Disposición adicional décima del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial. · DOG-g-2015-90508
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-01-01.
Texto consolidado
Aquellos proyectos a los que se les reconozca la condición de proyecto estratégico de cero emisiones netas, de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas y se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724, y con la normativa de ámbito nacional correspondiente a esta materia, podrán tramitarse, a opción de las personas promotoras de los mismos, conforme a lo dispuesto en el capítulo III del título III de este texto refundido para los proyectos industriales estratégicos, salvo que, por las propias características del proyecto, exista un procedimiento administrativo alternativo que permita obtener su aprobación en un plazo inferior.
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