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Real Decreto-ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Medidas en materia de personal de las administraciones públicas.

Disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. · BOE-A-2024-23422

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-13.

Texto consolidado

1. Lo dispuesto en esta disposición será de aplicación a las administraciones públicas y organismos dependientes de éstas en el territorio de la Comunitat Valenciana.

2. Con carácter excepcional y a los efectos de lo dispuesto en la disposición adicional decimoséptima del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se podrá diferir el cese del personal funcionario interino hasta un máximo de veinticuatro meses a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley, siempre que sus funciones estén destinadas a la atención de las necesidades derivadas de la emergencia de protección civil y la respuesta ante los daños causados.

3. Los programas de carácter temporal a que se refiere el artículo 10.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, vinculados al objeto de este real decreto-ley, podrán ser ampliables por veinticuatro meses.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-11-13.

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