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Real Decreto Vigente

Disposición adicional cuarta. Seguimiento y evaluación.

Disposición adicional cuarta del Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo. · BOE-A-2006-7171

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-04-23.

Texto consolidado

1. Los Servicios Públicos de Empleo realizarán cuantas acciones sean necesarias para el seguimiento y evaluación del programa regulado en esta norma, tanto en su aspecto cualitativo como cuantitativo.

2. El Servicio Público de Empleo Estatal y los Servicios Públicos de Empleo de las comunidades autónomas informarán periódicamente a sus correspondientes órganos de participación sobre los resultados del programa contemplado en esta norma, así como de cualquier extremo relacionado con el desarrollo del mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-23.

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