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Real Decreto Vigente

Disposición adicional cuarta. Funcionarios docentes universitarios y personal funcionario propio de las Universidades.

Disposición adicional cuarta del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. · BOE-A-1995-8730

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-11.

Texto consolidado

Los funcionarios docentes universitarios se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre régimen de profesorado universitario, en cuanto haga referencia a situaciones administrativas, siéndoles de aplicación el presente Reglamento en lo no previsto en el citado Real Decreto.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 44.2 y 49.4 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, la competencia en materia de situaciones administrativas de los funcionarios docentes que desempeñen sus funciones en las Universidades y de los pertenecientes a Escalas de Administración y Servicios propias de las mismas, corresponden al Rector.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-04-11.

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