Disposición adicional cuarta. Consolidación de las Unidades TIC.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 211/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Juventud e Infancia. · BOE-A-2024-3797
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-29.
Texto consolidado
En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito del Ministerio, la División de Tecnologías y Servicios de la Información del Ministerio de Juventud e Infancia promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Departamento y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
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