Disposición adicional cuarta. Recipientes excluidos de la anterior ITC MIE AP 6.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. · BOE-A-2009-1964
Atención: Real Decreto 2060/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los recipientes existentes excluidos del ámbito de aplicación de la ITC MIE AP 6 del Reglamento de Aparatos a Presión, aprobado por el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, relativa a refinerías de petróleo y plantas petroquímicas, pero que por serles de aplicación la ITC EP-3, que se aprueba por este real decreto, deban realizar inspecciones periódicas, podrán clasificarse como de clase 5, según se indica en el artículo 6 de dicha ITC EP-3.
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