Disposición adicional cuarta. Recetas médicas de las Mutualidades de Funcionarios.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación. · BOE-A-2011-1013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-21.
Texto consolidado
Las recetas médicas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) deberán ajustarse a lo dispuesto en este real decreto, con excepción de su capítulo V.
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