Disposición adicional cuarta. Sustitución de la presentación de documentos por el consentimiento para acceder al Registro correspondiente.
Disposición adicional cuarta del Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores. · BOE-A-2010-3471
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-03.
Texto consolidado
Conforme al estado de la técnica lo vaya permitiendo, podrá sustituirse la presentación de los documentos exigidos en el apartado 3 del artículo 10 por la consulta a los registros correspondientes, para lo que deberá recabarse previamente el consentimiento del interesado.
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